Esta es una calculadora generada por IA que puede contener errores. Está específicamente orientada a juicios civiles y no abarca todos los casos, situaciones ni cuestiones que pueden darse en los expedientes. Tampoco pretende sustituir los criterios del juez natural de la causa. Es una herramienta de referencia y no debe considerarse como un dictamen profesional o un resultado definitivo. Ante la duda consulte con un profesional para el caso concreto.

Observaciones de uso:

La calculadora necesita de tres parámetros iniciales. Le permitirá ingresar el valor actualizado de la UMA, la base regulatoria y luego se debe elegir uno de los grupos para realizar los cálculos. Los resultados se muestran en tablas

*Según el objeto del juicio, ingrese:

  • Sumas de dinero: monto de la liquidación aprobada o practicada al efecto regulatorio (capital más intereses, arts. 22, 24, 52; a salvo que fueran renunciados) o monto de la transacción
  • Sucesiones: valor del patrimonio que se transmite (art. 35)
  • Desalojos: valor de la totalidad del contrato (art. 40) o sumatoria de alquileres estimados por el profesional. Nota: si es alquiler para vivienda usar el 80 % de ese valor
  • Medidas cautelares: monto asegurado (art. 37)
  • Incidentes: valor de la incidencia o monto regulado en el principal (art. 33 ley 21839)
  • Asuntos no susceptibles de apreciación pecuniaria: recurrir a las pautas del art. 16 (a salvo mínimos arancelarios si aplican)

A continuación se agrupan distintos casos cuyos cálculos obedecen a la misma lógica

Grupo 1: elegir este grupo en los casos de:
1.1. Juicios ordinario / sumarísimo / o ejecutivo con excepciones (expensas, alquileres, etc.) que finalizaron con sentencia, desistimiento, caducidad o transacción **luego** de la apertura a prueba
1.2. Sucesiones con más de un letrado (art. 35)

Grupo 2: elegir el grupo 2 en casos de:
2.1. Juicios ordinario / sumarísimo / ejecutivo con excepciones terminados por medios anormales **antes** de la apertura a prueba (arts. 22 y 25)
2.2. Sucesión con un solo letrado (art. 35)
2.3. Ejecución de honorarios / de sentencia / de acuerdo homologado o de mediación (art. 41) con excepciones
2.4. Medida cautelar con oposición (art. 37)
2.5. Homologación de convenio de desocupación y su ejecución (art. 40)

Grupo 3: elegir este grupo solo en casos de medida cautelar sin oposición (art. 37)

Grupo 4: elegir para los supuestos de demanda rechazada o (en su caso) caducidad (art. 22)

Grupo 5: elegir este grupo exclusivamente en casos de juicio ejecutivo en el que **no** se opusieron excepciones.

Grupo 6: elegir este grupo si se trata de una ejecución art. 41, de honorarios / de sentencia / de acuerdo (homologado o de mediación) en el que **no** se opusieron excepciones

Grupo 7: elegir este grupo si se trata de:
7.1. Exhorto (art. 50)
7.2. Incidentes (incluye BLSG; art.33 ley 21839)